OBJETIVO
Apoyar la gestión de la municipalidad en relación con las actuaciones del Concejo en cuanto a convocatoria, actas, seguimiento de los acuerdos, todo tipo de notificaciones y correspondencia relacionada con resoluciones o competencias del Concejo o el Alcalde.
Denominación: Secretario Municipal
Unidad Orgánica a la que pertenece: Secretaría Municipal
Dependencia: Concejo Municipal
FUNCIONES:
Las establecidas en el Art. 55 del Código Municipal que literalmente dice:
- Asistir a las sesiones del Concejo y elaborar las correspondientes actas;
- Autorizar las ordenanzas y demás instrumentos jurídicos que emita el Concejo;
- Comunicar a los Concejales las convocatorias para que concurran a las sesiones;
- Llevar los libros, expedientes y documentos del Concejo, custodiar su archivo y conservarlo organizado, de acuerdo con las técnicas más adecuadas;
- Despachar las comunicaciones que emanen del Concejo y llevar con exactitud un registro de todos los expedientes o documentos que se entreguen;
- Expedir de conformidad con la ley, certificaciones de las actas del Concejo o de cualquier otro documento que repose en los archivos, previa autorización del Alcalde o quien haga sus veces;
- Dar cuenta en las sesiones de todos los asuntos que le ordenen el Alcalde o quien presida el Concejo;
- Dirigir el personal y los trabajos de la Secretaria del Concejo;
- Auxiliar a las comisiones designadas por el Concejo y Facilitar el trabajo que se les encomiende;
- Los demás que les señalen las leyes, ordenanzas y reglamentos.
CURRICULUM
